Un PSA por edificio
El RD 3/2023 obliga al titular de cada edificio prioritario a redactar e implantar un Plan Sanitario del Agua conforme al Anexo VIII (art. 61). La unidad es el edificio, no la empresa.
Una cadena con 30 hoteles de 500 plazas o más necesita 30 PSA, uno por hotel. Un grupo de residencias geriátricas necesita un PSA por cada centro que alcance las 200 camas.
Que haya muchos planes no significa que haya que empezar de cero en cada uno. La metodología del Anexo VIII es la misma para todos los edificios, y eso permite trabajar con un estándar común.
Primero, el censo de la cartera
El primer paso es saber qué edificios están obligados. No todos los centros de una cartera tienen por qué ser prioritarios: depende de los umbrales de la Tabla 20 (Anexo VIII), que repasamos en ¿es tu edificio prioritario?
- Residencias y hospitales: a partir de 200 camas. Los hospitales, también si tienen unidades de cuidados aumentados.
- Hoteles y alojamientos turísticos: a partir de 500 plazas de alojamiento, no habitaciones.
- Centros de enseñanza: a partir de 1.000 plazas o con internado de más de 200 camas.
- Instalaciones deportivas cubiertas: a partir de 3.000 m².
Hay dos matices que importan en carteras repartidas por varias comunidades. Cada autoridad sanitaria autonómica puede incluir otros edificios en su programa de vigilancia (art. 41.3), así que conviene revisar el programa de cada territorio. Y puede exigir la evaluación del riesgo a locales con actividad pública o comercial que no llegan al umbral (art. 61.3).
Qué es propio de cada edificio
Hay partes del PSA que no se pueden copiar de un edificio a otro, porque describen una instalación concreta:
- El registro en SINAC, con los datos del edificio: dirección, actividad, personas que lo usan al día, consumo de agua, superficie y plantas (Anexo VIII, parte C, punto 1).
- La descripción de la instalación interior: origen del agua, sistemas de agua fría y ACS, depósitos, materiales y equipos, con su esquema (parte C, punto 2).
- El histórico analítico de los últimos tres años por parámetro (parte C, punto 3).
- Los peligros, el valor de riesgo y las medidas de ese edificio (parte C, puntos 4 a 7).
- El plan de muestreo, que depende de los puntos de acceso al agua de cada edificio (Anexo II, Tabla 13).
Dos hoteles de la misma cadena y la misma categoría pueden tener puntos críticos muy distintos si uno tiene depósitos interiores y el otro no, o si sus tuberías son de materiales diferentes.
Qué puedes estandarizar
Lo que sí se puede unificar es la forma de trabajar. Un estándar de cartera suele incluir:
- Una misma estructura documental, con los once apartados de la parte C del Anexo VIII en el mismo orden en todos los edificios.
- Un mismo método de evaluación: gravedad por probabilidad con las tablas 21, 22 y 23. Lo explicamos en cómo se evalúa el riesgo en un PSA.
- Un mismo catálogo de peligros y medidas, que se adapta a lo que encuentre cada visita.
- Un mismo criterio para nombrar puntos de muestreo y registrar resultados, para poder comparar edificios.
- Un equipo central y un equipo local: quien coordina los planes y quien conoce la instalación de cada edificio. El Anexo VIII pide un equipo con conocimiento de la instalación interior y un cometido asignado a cada miembro.
La ventaja de un estándar se nota al priorizar. Si todos los edificios usan el mismo método, puedes ordenar los puntos críticos de toda la cartera por su valor de riesgo y repartir la inversión con un criterio común.
Un calendario común para toda la cartera
La disposición adicional novena fija las mismas fechas para todos los edificios prioritarios:
| Hito | Fecha límite | Estado en octubre de 2026 |
|---|---|---|
| Registro del edificio en SINAC | 2 de julio de 2024 | Vencido |
| PSA documentado (Anexo VIII) | 2 de enero de 2025 | Vencido |
| Medidas correctoras aplicadas | 2 de enero de 2027 | Quedan unos meses |
Después, cada PSA se revisa de forma continua y se actualiza cada año (art. 61.4). En una cartera grande, escalonar esas revisiones a lo largo del año ayuda a repartir la carga de trabajo.
Si eres facility manager o empresa de sanidad ambiental
La obligación es del titular del edificio, pero el titular puede encargar el trabajo a un tercero técnicamente cualificado. En muchas carteras, quien coordina en la práctica es el equipo de facility management o la empresa de sanidad ambiental que da servicio a todos los centros.
En ese papel, lo que más ayuda es tener toda la información en un mismo sitio: qué edificios son prioritarios, en qué punto está el PSA de cada uno, qué medidas quedan pendientes y qué analíticas tocan este mes. Y conviene gestionar el PSA y el PPCL de cada edificio juntos, porque comparten instalación y datos. Lo ordenamos en PPCL, PSL y PSA.
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- Real Decreto 3/2023, de 10 de enero (BOE-A-2023-628): art. 41.3, art. 61, Anexo II (Tabla 13), Anexo VIII (partes A, B y C; tablas 20 a 23) y disposición adicional novena.
- Real Decreto 487/2022, de 21 de junio (BOE-A-2022-10297).
Este artículo es informativo y no sustituye el análisis de tu instalación concreta.
